RENAPE
Registro Nacional de Entidades y Personas de Protección Animal,
dependiente de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal.
¿Qué es el RENAPE?
El Registro Nacional de Entidades y Personas de Protección Animal (RENAPE)
es un registro administrativo de alcance nacional destinado a la
identificación, registro, reconocimiento y organización de entidades y
personas que desarrollan actividades vinculadas a la protección y defensa animal.
El registro permite fortalecer la coordinación institucional,
la trazabilidad de las intervenciones y la articulación entre la
Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal y los actores
vinculados al bienestar y protección de los animales.
La inscripción en el RENAPE constituye un requisito para quienes pretendan
participar formalmente en programas, acciones, operativos, convenios,
capacitaciones, derivaciones, asistencias, campañas u otras actividades
desarrolladas en articulación con la Dirección Nacional.
¿Quiénes pueden inscribirse?
Organizaciones y asociaciones
Organizaciones de protección y defensa animal, asociaciones sin fines
de lucro y otras entidades legalmente constituidas cuyo objeto se
encuentre relacionado con la protección y defensa de los animales.
Personas físicas
Personas que, de manera individual o comunitaria, desarrollen
actividades continuas de protección y defensa animal, tales como
rescate, asistencia, tránsito, alojamiento temporal, rehabilitación
y adopción responsable.
Requisitos para organizaciones
- Estatuto social vigente.
- Personería jurídica o constancia de que se encuentra en trámite.
- Acta de autoridades vigentes y nómina de sus integrantes.
- Certificado de antecedentes penales de los integrantes.
- Domicilio legal y operativo.
- Plan de actividades de rescate animal.
- Declaración jurada de cumplimiento del reglamento.
Requisitos para personas físicas
- Cédula de identidad.
- Domicilio real.
- Certificado de antecedentes penales.
- Declaración jurada de actividades de rescate.
- Plan de actividades de rescate animal.
-
Constancia de capacitación básica en bienestar animal
o compromiso de realizarla.
Presentación de documentos
La documentación requerida deberá ser presentada en
original o copia autenticada por escribano público,
conforme a las disposiciones establecidas en el reglamento del RENAPE.
Implementación progresiva
La implementación del RENAPE se realizará progresivamente durante un
periodo de seis meses desde la entrada en vigencia de la resolución.
Difusión institucional, socialización, comunicación pública y apertura
del proceso de inscripción.
Recepción de solicitudes, evaluación documental, verificación de
requisitos y desarrollo de capacitaciones obligatorias iniciales.
Categorización, verificación técnica, validación de información y
acompañamiento institucional.
Puesta en plena operatividad del RENAPE y exigibilidad integral de las
disposiciones reglamentarias.